La Administración General de Aduanas (AGA) va a agilizar el reconocimiento de mercancías sujetas a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información comercial y la liberación de mercancías retenidas por datos omitidos o inexactos en el etiquetado.

El objetivo es fomentar las operaciones de comercio exterior en beneficio de los agentes aduanales, contribuyentes, usuarios, importadores y exportadores, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Recordó que, anteriormente, las autoridades aduaneras retenían las mercancías en recintos fiscales y fiscalizados en los términos del Artículo 158 de la Ley aduanera, por el incumplimiento del etiquetado establecido por la Secretaría de Economía.

El correcto etiquetado está establecido en las fracciones arancelarias de la Tabla de Correlación entre la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), en las que se clasifican las mercancías según el acuerdo de la Secretaría de Economía en materia de comercio exterior.

Actualmente, en los puntos de entrada y salida al país, durante el reconocimiento aduanero, los usuarios van a poder apegarse al beneficio del segundo párrafo de la regla 3.7.20 de Comercio Exterior para evitar que se retengan sus mercancías por fallas o incumplimiento de etiquetado.

De acuerdo con un comunicado de la institución que encabeza Raquel Buenrostro,  se les va a extender el beneficio de 30 días para que el interesado acredite el cumplimiento de la NOM de información comercial correspondiente, siempre que cumplan con lo dispuesto en la ficha de trámite 148/LA del Anexo 1-A.

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