El abogado fiscalista Jorge Alberto Pickett Corona informó, que la nación mexicana se ahorró una gran cantidad de dinero del presupuesto a raíz que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró la solicitud de devolución de Impuesto al Valor Agregado que interpuso Grupo Modelo, como improcedente.

Recordó que en días pasados, el Presidente Andrés Manuel López Obrador y Grupo Modelo, intercambiaron una serie de declaraciones a raíz de una solicitud de devolución de IVA, que la empresa había realizado.

Dicha demanda, explicó, fue un amparo en revisión promovido por Beatriz Sánchez Navarro Redo, ex accionista del consorcio cervecero, en la cual la demandante solicitaba la devolución de 47,7 millones de pesos por concepto de impuestos cobrados indebidamente, por concepto de Impuesto Sobre la Renta en el ejercicio 2013.

Especificó que el 16 de enero del presente año, la Segunda Sala de la Corte decidió desechar el proyecto del ministro Eduardo Medina, que proponía amparar a la empresa quejosa, y cuyo efecto sería devolver el dinero reclamado.

El abogado fiscalista, puntualizó que el caso aún no está terminado y tampoco hay una fecha estimada para que el ministro Javier Laynez, a quien fue turnado el asunto, presente un nuevo proyecto de sentencia que sea resuelto por los ministros en sesión pública.

Abundó que el caso data del año 2013, y que de acuerdo al expediente, el Servicio de Administración Tributaria retuvo a la hoy quejosa, la cantidad de 47 millones 722 mil 955 pesos, correspondientes al pago de Impuestos Sobre la Renta del ejercicio fiscal 2013; para lo cual la afectada expuso que la retención era indebida ya que se le estaba cobrando un impuesto sobre la enajenación de algunas de sus acciones, esto, pese a que la Ley del Impuesto Sobre la Renta prevé algunas excepciones.

Pickett Corona comentó que el SAT negó dicha solicitud, pues argumento que si bien hizo la venta de algunas acciones, ella es parte de un grupo de accionistas que enajenaron el 49.6 por ciento de las acciones del capital social de Grupo Modelo, razón por la cual no encuadraba en los supuestos de excepción y por lo cual Sanchez Navarro Redo impugno la negativa a su solicitud.

Precisó que el 7 de junio de 2017 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió sentencia, en la cual confirmaba la validez de la resolución emitida por el SAT, en donde se negaba la devolución del pago exigido.

Según el Tribunal, resaltó, se alcanzó el primero y segundo supuesto de excepción a la exención establecida por el artículo 109, fracción XXVI de la Ley del ISR, relativa a la enajenación de más del 10 por ciento de las acciones del capital social, por lo que la demandante no se encontraba exenta del pago de ISR.

Jorge Alberto Pickett agregó la actora interpuso amparo en contra de la sentencia, en el cual el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ratificó por unanimidad de votos la sentencia recurrida, ejecutoria que fue impugnada por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación asumió el caso.

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