La Asociación de Industriales de la Mesa de Otay (AIMO) informó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Tijuana emitió una regla para que las empresas ya puedan emitir nóminas a haitianos e inmigrantes en general, donde se está considerando a todos los extranjeros que tengan visas humanitarias y no cuenten con la CURP.

Durante la sesión mensual de AIMO, el C.P. Salvador Díaz González mencionó que se trata de una CURP genérica, mediante la cual los industriales pueden emitir los comprobantes de recibo de pago a los extranjeros que laboren dentro de sus plantas productivas.

Indicó que esta nueva ley les fue dada a conocer en la reunión de síndicos al contribuyente, hace un mes, por lo que se mantienen a la espera de la publicación formal, sin embargo, ya tienen el documento por escrito, y ya pueden volver a contratar a los extranjeros que cumplan con lo emitido por la autoridad.

“Con base a ello nos da esa certeza jurídica que andábamos buscando de hace varios meses y ahorita que estamos para cerrar ejercicio, lo que trae como resultado es que hay que emitir nuevos recibos o comprobantes fiscales de estas nóminas para poder estar en condiciones de tomar esas deducciones”, manifestó.

El presidente de AIMO dio a conocer que actualmente hay alrededor de 1200 extranjeros en la ciudad, que tenían esa problemática con la CURP, por lo que muchas empresas frenaron la contratación de esta población, e incluso se vio una cantidad importante bajas de este tipo de personas, por representar un mayor costo para las empresas.

Precisó que de los 1200 extranjeros que radican en la ciudad, son aproximadamente 500 personas las que operan en el sector industrial, los cuales ya son deducibles de impuestos debido a la medida que emitió el SAT.

Dado lo anterior, Salvador Díaz resaltó que es importante darle a conocer a toda la industria que es necesario cambiar los recibos de nómina anteriormente expedidos, para estar en condiciones de cumplir antes del 31 de diciembre.

El comunicado emitido por el SAT estipula que: “*Con ánimo de atender la problemática existente se considera que para la emisión de los comprobantes de los recibos de pago de nómina y sus complementos de trabajadores extranjeros que no tienen CURP los patrones podrán utilizar una CURP genérica”.

“*Lo previsto en el presente comunicado es de aplicación inmediata no obstante se están realizando los ajustes correspondientes a la guía de llenado del CFDI de nómina para el efecto de que en esta se oriente para que en el caso de extranjeros sin CURP en el comprobante de nómina se asiente una CURP genérica”. CURP Genérica XEXX010101HNEXXXA4 (Hombre) y XEXX010101MNEXXXA8 (Mujer).

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