Un contribuyente obtuvo un fallo favorable porque la autoridad fiscal no se identificó correctamente al momento de iniciar una auditoría, lo que hizo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa decretara como ilegal un supuesto adeudo millonario derivado de la misma, según dio a conocer el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona.
“A raíz de que un contribuyente me encomendó la defensa de litigio millonario, estudiamos el asunto y nos percatamos que la autoridad fiscal fue omisa en identificarse plenamente al inicio de la auditoría, lo que hizo que ello lo hiciéramos valer en la demanda de nulidad y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió una sentencia apegándose a Derecho”, informó el fiscalista.
De esa manera, el Tribunal decretó como ilegal el crédito fiscal fincado, toda vez que la autoridad se introdujo sin respetar la legislación al domicilio del contribuyente, lo que hizo que todas sus actuaciones no se apegaran a Derecho, indicó Pickett Corona.
Para obtener un resultado favorable para los contribuyentes, explicó que demostraron durante juicio que la Constitución, el Código Fiscal de la Federación y la SCJN son muy claros, pues para que una autoridad –en este caso administrativa- se introduzca al domicilio del particular, debe respetar el Estado de Derecho, de lo contrario todas sus actuaciones serían ilegales.
Dado lo anterior, mencionó que los Tratados Internacionales salvaguardan mucho la introducción de una autoridad al domicilio de un contribuyente, y existen reglas que se deben seguir, una de ellas es la debida identificación de los visitadores.
Sin embargo, el fiscalista aseveró que nunca ocurre en especie, pues desgraciadamente las autoridades fiscales pisotean el Estado de Derecho en perjuicio del contribuyente, por consiguiente el pagador de impuestos tiene la posibilidad de acudir a los diversos medios de defensa y exigir justicia.
Pickett Corona detalló que el contribuyente tiene diversas opciones para defenderse, como es el Recurso de Revocación, el cual se tramita en línea ante la misma autoridad que emitió el acto o resolución impugnada; también tiene la Demanda de Nulidad, misma que se tramita ante el ahora Tribunal Federal de Justicia Administrativa; por último el Amparo, que es resuelto por los Tribunales Colegiados de Circuito.
“Es importante que siempre durante el proceso de la auditoría se encuentre el abogado asesorando, pues hay un sinnúmero de ilegalidades que se cometen durante el procedimiento fiscalizador, que bien documentadas pueden ser un parteaguas en la impartición de la justicia” concluyó.