El Senado de la República ha dado un paso que podría representar un retroceso preocupante en el sistema judicial y en las garantías constitucionales de México. Con 69 votos a favor de Morena y partidos afines (quienes muestran ignorancia y nulo entendimiento de la figura del amparo), la Cámara alta aprobó reformas a la Ley de Amparo que restringen las facultades de los jueces para otorgar suspensiones provisionales o definitivas con efectos generales, especialmente en casos de amparos contra leyes expedidas por el Congreso de la Unión o los Congresos estatales.

Esta medida, presentada como un intento de garantizar la separación de poderes, ha generado críticas y preocupaciones entre los partidos de oposición, quienes argumentan que podría utilizarse para blindar controversiales proyectos gubernamentales, como el Tren Maya o la Ley de la Industria Eléctrica, al limitar la capacidad de los ciudadanos y grupos afectados para impugnarlos legalmente. (¿La reforma a las pensiones?)

La ley de amparo es un recurso legal que permite a los ciudadanos defenderse de arbitriariedades o abuso de autoridad, poniendo en riesgo lkos derechos colectivos y haciendo que haya ciudadanos que puedan ampararse y quedar fuera de los mismos derechos los que no tengan el conocimiento o los recursos para presentar un amparo de forma individual. Además de que los juzgadores no dan por procedente el amparo sin una fundamentación jurídica previa y considerando lo establecido en la Constitución y demás leyes relativas a los casos que se presentan.

Cabe aclarar que la reforma a la ley de amparo de 2011 que permitió hacer extensivo un amparo individual a todos los ciudadanos afectados por una determinación gubernamental o de índole privada por causa de interés social, como fue el caso de la obtenión de datos biométricos que quiso hacer el gobierno mediante el registro de los celulares, fue avalada por Ricardo Monreal que en ese entonces era senador por el PRD.

Por otro lado, se aprobó una reforma a la Ley de Amnistía que otorga al Presidente de la República el poder de conceder amnistía de manera directa a personas sentenciadas por cualquier delito, incluso graves como narcotráfico, trata de personas, feminicidios, violación, secuestro, entre otros. Esta medida ha generado críticas adicionales, pues se percibe como una concentración excesiva de poder en el Ejecutivo, sin los debidos controles judiciales y sin establecer reglas claras sobre su aplicación.

En ningún país democrático un presidente tiene tales facultades. ¿A quién quieren dar amnistía? ¿A militares sentenciados? ¿No acaba de decir que el eliminar la prisión preventiva dejaría libres a casi 70 mil «posibles delincuentes»? Cabe aclarar que esas personas no han sido juzgadas, muchas de ellas son inocentes pero la ineficiencia por falta de recursos los mantiene en la cárcel.

Senadores de oposición han advertido que estas reformas representan un peligro para el orden constitucional del país, al dar facultades extraordinarias al Presidente y limitar el acceso a la justicia para los ciudadanos. Argumentan que estas medidas podrían ser utilizadas de manera discrecional y generar un debilitamiento de las instituciones democráticas.

Las discusiones en el Senado han sido acaloradas, con posturas encontradas entre los distintos partidos. Mientras algunos defienden estas reformas como una necesidad para evitar abusos judiciales, otros las critican como un retroceso en materia de derechos humanos y separación de poderes.

Ante estas reformas, la sociedad civil y expertos en derecho han manifestado su preocupación por el impacto que podrían tener en el sistema judicial y en las garantías individuales de los ciudadanos. La controversia está servida y queda por verse cómo estas medidas afectarán el futuro del país.

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