Anteriormente la insolvencia de un deudor era su mejor defensa en un juicio, sin embargo el salario ya es sujeto a embargo hasta por un 30 por ciento del excedente de lo que se determine como salario mínimo, según informó el Secretario de Finanzas del Colegio de Abogados de Tijuana, Lic. Alexander Bazán Gómez Llanos.

Indicó que el salario es embargable de acuerdo a criterio jurisprudencial emitido recientemente mediante una contradicción de tesis, lo cual viene a incentivar a las empresas y a las personas que realizan préstamos por medio de pagarés o cualquier deuda, que anteriormente era difícil cobrarlos cuando se presentaba la insolvencia.

“Actualmente, supongamos que si el salario mínimo fuera de 2 mil pesos mensuales y una persona ganara 40 mil pesos, restamos los 2 mil pesos de salario mínimo a los 40 mil pesos que gana, y ese excedente del salario mínimo es embargable hasta un 30 por ciento”, explicó.

Afirmó que esto viene a beneficiar al acto mercantil y a la protección de las personas que prestan dinero o tienen negocios, ya que la Suprema Corte de Justicia emitió este criterio jurisprudencial en acotamiento a lo que disponía el Art. 123 Constitucional que estipulaba que el salario es embargable solo por la cuestión de pensión alimenticia.

“Sin embargo, solamente hacía mención exclusiva al salario mínimo, y ahora mediante interpretación de criterio jurisprudencial ya es embargable el salario, y esto viene a apoyar e incentivar una mejor competitividad en el mercado y que la persona que no quiera pagar tenga esas consecuencias que puede sufrir de ese embargo”, manifestó.

Dio a conocer que actualmente en la ciudad de Tijuana los jueces lo están aplicando, y en el juzgado Décimo Primero Civil han utilizado este criterio jurisprudencial para ser aplicativo en cuanto a este tipo de juicios.

Para concluir, Alexander Bazán recomendó a las personas que otorguen préstamos o tengan algún negocio, buscar si sus deudores están cotizando en el seguro social y tienen buen ingreso, ya que eso garantizará el pago de sus deudas, pues son sujetos al embargo de sus sueldos en caso de no querer pagar en un momento determinado.

 

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