La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó el oficio por el que establece los requisitos para la adquisición de Certificados de Energías Limpias (CEL) para 2023, donde estableció un porcentaje mínimo de 13.9 por ciento.
Este monto es idéntico al establecido para este año y va en contra de lo establecido en la Ley de Transición Energética, misma que busca impulsar la proporción de la energía limpia obligatoria para los certificados de forma anual.
En su documento, la CRE reconoció que la Secretaría de Energía no ha actualizado el Requisito para las obligaciones para los CEL, lo que representa un retroceso en la promoción de las energías limpias.
En este sentido, los requisitos fueron establecidos por primera vez en 2017, a través de una publicación en el Diario Oficial de la Federación en marzo de 2017.
En ese documento se publicaron los requisitos de porcentajes mínimos de obligaciones de energía limpia para los CEL correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022, pero la nueva administración no ha ejercido la facultad de revisar y corregir los requisitos.
De acuerdo con el Artículo 68 de la Ley de Transición Energética, con el objetivo de fomentar el crecimiento de las Energías Limpias, y en los términos establecidos en la Ley de la Industria Eléctrica, la Secretaría de Energía establecerá obligaciones para adquirir Certificados de Energías Limpias. Con el objetivo de mantener igualdad de competencia, estas obligaciones se aplicarán, a bienes consumidos en el territorio nacional cuyo proceso de producción sea intensivo en energía.
Además, el objetivo de los requisitos es que el porcentaje mínimo aumentará de forma anual.
En el decreto de marzo de 2017, el requisito mínimo para 2020 se estableció en 7.4 por ciento, aumentó a 10.9 por ciento en 2021 y alcanzó 13.9 por ciento en 2022.