La Iniciativa Privada calificó de inconstitucional la propuesta del gobierno federal de bloquear de manera temporal a las plataformas digitales internacionales como Netflix Uber y Spotify que no cumplan con sus obligaciones fiscales.
Al respecto, la Secretaría de Hacienda defendió su iniciativa y aseguró que ésta tiene sustento, no viola los derechos humanos y sí genera cancha pareja en el sector.
Durante la segunda mesa del parlamento abierto virtual “Análisis del paquete económico 2021”, el cual se extendió por casi siete horas en la Cámara de Diputados, Patricia López, representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), aseguró que la iniciativa es inconstitucional, desproporcionada y excesiva.
Acceso a internet se elevó a derecho humano
Recordó que el acceso a internet se elevó a derecho humano, además de que la pandemia demostró que es un servicio necesario para la vida cotidiana.
“Este bloqueo temporal no sólo perjudica a los proveedores de servicios digitales ni a sus intermediarios, sino principalmente a los usuarios y consumidores”, expresó.
Las asociaciones Latinoamericana de Internet (ALAI) y Mexicana de Venta Online (AMVO), entre otras instancias, también pidieron revisar este tema.
En la Miscelánea Fiscal 2021, la Secretaría de Hacienda propuso bloquear a las plataformas digitales que incurran en la omisión de sus obligaciones fiscales en el país.
Si bien recordó que a partir de junio de este año entraron en vigor las disposiciones en materia de IVA para las plataformas digitales que no residan en el país, destacó que la medida no fue suficiente para lograr el cumplimiento deseado.
Hacienda defiende
El titular de la Unidad de Legislación Tributaria de la Secretaría de Hacienda, Carlos Molina, defendió la propuesta del gobierno federal.
Señaló que el bloqueo temporal que se establece en la Ley del IVA para efectos de la prestación de los servicios de las plataformas digitales tiene sustento, considerando la naturaleza de las personas morales que prestan esta labor, que son residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
“Este bloqueo temporal permitirá, básicamente, desde el punto de vista de las autoridades fiscales, tener una cancha pareja respecto de los prestadores de servicios que sí cumplen sus obligaciones fiscales en los términos de la Ley del IVA y del ISR”, señaló.
Consideró que la propuesta no viola los derechos humanos, ya que el bloqueo temporal no se origina con motivo de los contenidos que se transmiten a través de estos medios, sino se originan por motivo del incumplimiento de las disposiciones fiscales como son darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), no presentar las declaraciones de los impuestos propios o retenidos y no designar algún representante legal, entre otros.