Este 1 de Julio entro en vigor el nuevo T-MEC  que moderniza el esquema de certificación de origen. Los Certificados de Origen al amparo de TLCAN ya no serán válidos para solicitar preferencia arancelaria del T-MEC.

Por esa razón, la modernización del esquema de certificación de origen bajo el nuevo tratado, elimina el formato del mismo, permitiendo que pueda presentarse en factura o en cualquier otro documento comercial, siempre que se declaren los datos mínimos de información.

A continuación, se presentan los datos mínimos de información, conforme a lo establecido en el Anexo 5-A del Capítulo 5 del T-MEC:

  1. Certificación de Origen por el Importador, Exportador o – Productor;
  2. Certificador;
  3. Exportador;
  4. Productor;
  5. Importador;
  6. Descripción y Clasificación Arancelaria de la Mercancía en el Sistema Armonizado;
  7. Criterio de Origen;
  8. Periodo Global;
  9. Firma Autorizada y Fecha

Auto-certificación:

Los particulares son quienes emiten el documento para solicitar trato arancelario preferencial, en otras palabras, no requieren acudir ante alguna autoridad para obtener el Certificado de Origen.

La Certificación de Origen tiene una validez de 4 años, a partir de la fecha de su emisión.

Fuente: https://www.gob.mx/t-mec

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