La Secretaría de Economía publicó el Decreto que regula la importación definitiva de vehículos usados provenientes de Estados Unidos y Canadá en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
Este decreto fue modificado el 31 de enero de 2013, 30 de enero de 2014, 31 de diciembre de 2014, 31 de diciembre de 2015, 26 de diciembre de 2016, 28 de diciembre de 2017 y 29 de marzo de 2019.
Las reglas para la importación de autos usados que marca el Decreto no violan las garantías de igualdad, audiencia previa, irretroactividad, la libertad de trabajo ni al libre comercio; además de que existe jurisprudencia definida y obligatoria indicando que es acorde con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y, consecuentemente no es violatorio del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indicó la Secretaría de Economía.
Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2020, se podrán importar autos usados provenientes de Estados Unidos y Canadá con cualquier año de antigüedad sin pagar arancel, siempre y cuando, presenten un certificado de origen que avale la fabricación del vehículo en Norteamérica, se apeguen a la lista de precios estimados en la aduana y presenten un certificado de emisiones contaminantes.
De igual forma, en jurisprudencia se resolvió que es improcedente conceder la suspensión relativa a la regulación de importación definitiva de vehículos usados, al considerar que de concederse se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, agrega el DOF.
De enero a octubre, se importaron 127 mil 670 vehículos usados provenientes de Estados Unidos y Canadá, un incremento de 10.3% respecto al mismo periodo del año pasado.
Esta cifra es equivalente al 12% del total de vehículos nuevos vendidos en el mismo periodo en el mercado mexicano, según cifras de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores.