El Ayuntamiento de Tijuana y específicamente la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología Municipal violan los derechos humanos de los profesionistas en arquitectura e ingeniería civil, al limitar el ejercicio de su actividad, como perito de responsable de obra o proyecto.
Héctor Castellanos Barone, arquitecto, denunció lo anterior y explicó que fue a propuesta de la regidora Myrna González Medina, que se reformó el Reglamento de la Ley de Edificaciones para el municipio de Tijuana, Baja California, en el que se impusieron requisitos para que se pueda obtener el registro como director responsable de obra o proyecto por parte de dicha dependencia.
La modificación obliga a los arquitectos e ingenieros civiles a exhibir para el trámite, una constancia de afiliación a un colegio, ya sea de arquitectos o ingenieros civiles, además de una constancia de certificación de la práctica y experiencia profesional expedida por uno de alguno de estos colegios, a quienes se les reconoce el carácter como organismo certificador.
Héctor Castellanos, luego de consultar a abogados especialistas en el tema, hizo hincapié en que exigírseles dichos requisitos va en contra de lo contemplado por la Constitución Federal y Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual garantiza que nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación, y menos para respaldar un ejercicio profesional, el cual cuenta con un título profesional y su cédula respectiva.
Advirtió que, al estar impedidos de obtener su registro como peritos a consecuencia de no cumplir con esos requisitos ilegales, les impide el ejercicio de su profesión y pudiera generar un “mercado negro” de firmas autorizadas, poniendo en riesgo la correcta ejecución de obras y el desarrollo urbano en el municipio, con consecuencias para el interés general de la población.
Explicó que, conforme a la normatividad federal y estatal, los colegios de profesionistas carecen de facultades para fungir como órgano certificador obligatorio, que existe una excepción a la regla, sin embargo, para lograr dicho reconocimiento como certificador debe llevar un proceso previo y únicamente puede ser aplicado de forma voluntaria a los miembros de dichos colegios.
Castellanos Barone, indicó que, por lo ya expuesto, es evidente que esa reforma que se hizo al artículo 4 y 285 del reglamento el Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Tijuana, lesiona la esfera jurídica de los ciudadanos afectados y va en contra del paradigma del respeto de los derechos humanos. Esto sin ampliarnos en considerar que la ley del estado en la materia no contempla esos requisitos, lo cual suma a la falta de legalidad de la aplicación de esos requisitos.
Por si esto no fuera suficiente, el marco constitucional consagrada en el artículo 9o. de la Constitución, que marca la garantía de asociación como derecho de los gobernados, aplica en tres sentidos: el derecho a asociarse, el derecho a permanecer o renunciar a ella y el que nos ocupa, el derecho de no asociarse a ningún organismo.
Reiteró que es trascendental la ilegalidad expuesta, en virtud de que el estado mexicano está obligado a prevenir y sancionar la violación de derechos humanos en su territorio, esto implica que dichos requisitos no deben aplicarse e incluso debe reformarse de nueva cuenta el reglamento citado, para que se encuentre apegado al contexto de respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
El arquitecto Héctor Castellanos, se mostró confiado en que las autoridades del ayuntamiento que inicia ejercicio de gobierno el próximo 1º de Octubre, atenderá el tema y brindará una solución viable a la problemática.