La Ley de Extinción de Dominio resulta muy polémica y difícil de entender, debido a que no cumple con algunos principios como ser prescriptible y no retroactiva, por lo que la autoridad debió realizar una campaña mucho más fuerte de difusión para que la ciudadanía la conozca.
Así lo consideró el Lic. José Luis Molina Magaña, presidente de la Federación Estatal de Barras y Asociaciones de Abogados de Baja California (Fedabo), quien indicó que esta ley es retroactiva cuando se supone que en ninguna ley se pueden dar efectos retroactivos.
Además, comentó que la presunción de inocencia, por ejemplo, beneficia al acusado, ya que no tiene que demostrarla, mientras que el ministerio público tiene que demostrar su culpabilidad.
“Es una ley que antes de haberla aprobado debieron de haberle dado una publicidad muy grande para que la gente entendiera, y así evitar caer en los límites y tener problemas legales, pero no fue así, ya es ley, y se hizo de una manera más agresiva”, destacó.
Leyes tan complejas como esta, reiteró, requieren de mucha difusión, algo que debió hacer el Congreso de la Unión, tanto a través de foros a nivel nacional como en medios de comunicación.
El presidente de la Fedabo subrayó que existen personas como los arrendatarios que, con esta nueva ley, deben estar inscritos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y pagar sus impuestos correspondientes además de contar con contratos con ciertas especificaciones, de manera que sus bienes no sean confiscados por la autoridad cuando los inquilinos cometan algún delito.
“El arrendador muchas veces no se mete al SAT, porque no tienen dinero para pagar el IVA, pero a toda esta gente hay que informarles que hay que inscribirse en el SAT, que tienen que dar recibos electrónicos. A lo que me refiero yo es a que mucha gente no sabe que puede caer en violaciones a esta ley”, resaltó.
Contribuyentes como el arrendador debe estar en la formalidad, dijo, debido a que debe demostrar su buena fe, cuando se supone que la buena fe si la estas presuponiendo no tienes que demostrarla, aseguró el Lic. Molina.
“Ya no hay seguridad jurídica con las propiedades, porque puedes estar en una situación de ese tipo y se supone que toda ley es prescriptible, pero en esta no. Son principios que nuestras legislaciones siempre han contemplado, el Código Civil habla de 10 años en que si tú no presentas algo en contra de una persona, pasan 10 años y ya no lo puedes hacer”, opinó el dirigente.
En el caso de Tijuana, finalizó, los delitos que atacaría serían el contrabando, la ley del lavado de dinero, el tráfico de drogas, la trata de personas, delitos de alto impacto donde las autoridades podrán demandar de los bienes, sea dinero, propiedades, van a poder mandar un juicio civil en contra de estas personas.