Al menos 2 mil 200 sentencias de amparo han promovido las empresas a nivel nacional ante la eliminación de la compensación universal, informó el maestro en Impuestos, Antonio Orenday Barraza.
Invitado al desayuno semanal del Colegio de Contadores de Mexicali, que preside la contadora certificada María Elena Douglas del Toro, Orenday Barraza dijo que a principios de este año se presentaron varios amparos contra esta disposición federal, debido a que ha impactado en la liquidez de las empresas.
“Es una forma de utilizar o retener los fondos de los contribuyentes que utilizaban para pagarse algunos impuestos. Ahora los orillan a solicitarlos en devolución, y es mucho más tardado que presentar un aviso de compensación”, precisó.
Y aunque la Corte no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto, dijo, los juzgados de distrito ya lo están resolviendo.
Expuso que la federación necesita dinero y una manera de obtenerlo es hacer más tardados los trámites de devolución, y que es posible que en 2020 vuelva a salir la misma disposición.
Por su parte, la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali, María Elena Douglas del Toro, explicó que fue a finales de diciembre del año pasado cuando se dio a conocer la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, en donde en su artículo 25 fracción VI se elimina la figura de la compensación universal.
Douglas del Toro recordó que “esta figura permitía que un contribuyente que tuviera un importe a cargo, correspondiente a impuestos federales de cualquier naturaleza, pudiera compensarlo con un saldo a favor de distinta naturaleza, por ejemplo IVA contra ISR, retenciones o ISR propio contra IVA”, apuntó.
Sin embargo, detalló que a partir de 2019 se elimina dicha figura y las empresas solo pueden compensar impuestos de la misma naturaleza, es decir, ISR contra ISR, o IEPS contra IEPS, y no contra ninguna retención.
Por último, explicó que lo anterior significa que el contribuyente debe pagar su impuesto en efectivo, y el saldo a favor solo lo podrá recuperar a través de una solicitud de devolución, la cual puede tardar desde 40 días hábiles hasta un año, lo cual ha afectado gravemente la liquidez de las empresas.