Luego de que el pasado 28 de diciembre de 2018, se publicara en el Diario Oficial de la Federación la «Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019», donde se establece que el Servicio de Administración Tributaria pueda autorizar la colocación de programas de auto regularización, el abogados fiscalista Jorge Pickett Corona, recomendó a los contribuyentes apegarse a este sistema.
Aclaró que este mecanismo va dirigido a las personas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Esto, abundó, correspondiendo al periodo de incumplimiento que ampare el programa de auto regularización, el SAT no impondrá sanciones o en casos que lo requieran realizaran las multas que se hayan fijado en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Indicó que debido a la práctica de sus acciones en la materia, el Servicio de Administración Tributaria ha detectado que existe un número considerable de personas que realizan actividades delicadas donde se encuentran ignorantes en el cumplimiento de las obligaciones que se encuentran en el artículo 17 referidas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
“Por ello se cree conveniente incorporar un marco normativo relacionado con los requisitos que deberán observar los sujetos obligados a la supervisión del Servicio de Administración Tributaria al presentar los programas de auto regularización respectivos”, expresó.
Expuso que el objetivo es facilitar que la persona al realizar sus obligaciones de la materia de prevención de actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita o lavado de dinero, permita a las autoridades competentes obtener la información útil, precisa y eficaz, para el debido castigo.
En ese sentido, Pickett Corona destacó que el SAT podrá condonar aquellas multas que hayan sido impuestas durante el periodo que ampara el programa, es decir, del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.
Para participar, deberá presentarse por escrito una solicitud de condonación ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del SAT correspondiente a su domicilio, dentro de los 20 días hábiles contados a partir del día en que haya concluido el plazo de su programa de auto regularización.
Corregir totalmente los incumplimientos contenidos en el programa y que hayan sido materia de este, e indicar el periodo de auto regularización, las irregularidades u omisiones sancionadas, número y monto de la multa, número de oficio y autoridad que le impuso.
El abogado fiscalista agregó que una vez presentada la solicitud, la autoridad verificará la procedencia de la condonación en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación de dicha solicitud e informará en un plazo no mayor a 30 días hábiles su resolución.