Para que sea un beneficio real al comprador final la aplicación del decreto de estímulo fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la frontera norte del país, las oficinas gubernamentales de índole federal, deberán estar vigilantes, y esta situación será la prueba de fuego para el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, explicó el doctor en Ciencias Fiscales, Juan Manuel Hernández Brito.
Detalló que respecto al decreto del IVA anunciado la semana pasada y que tiene una vigencia del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre del año 2020, señaló que el documento es insuficiente y carente de información. “Como contador público hago la recomendación de que se siga facturando al 16% con el acuerdo de que una vez que salgan las reglas de carácter general, que aún no las hay, el contribuyente sea autorizado por el SAT y se hagan los ajustes” sugirió Hernández Brito.
Desde la perspectiva del experto del expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California, la Ley del IVA viola los derechos humanos desde su creación, y el decreto es una continuación de ese atropello, “pues parece una mera ocurrencia de quienes decidieron que solo un grupo de contribuyentes facturen al 8 %, y el resto de los contribuyentes porqué no debería de hacerlo también” manifiesta Hernández Brito.
Además refirió que el decreto tiene la característica de que únicamente es para enajenación de bienes, es decir, productos tangibles como los que el ciudadano adquiere en un supermercado y tiendas de conveniencia, estos productos ya deben de venderse con la tasa del ocho por ciento y no de la del 16 de IVA.
El expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California, definió también que los bienes intangibles como servicios y elaboración de contenidos o producción de contenidos digitales, estos seguirán tasados con el 16 por ciento de IVA, su facturación y pago de impuestos deberá de seguir realizándose como lo han venido haciendo, el decreto de estímulo fiscal no los contempló, asegura Juan Manuel Hernández.
Uno de los ejemplos para comprender el beneficio del decreto del IVA, es observar un recibo de compra, en la parte inferior de este se exhibe la cantidad de IVA y de IEPS, deberán estar tasados desde el 1 de enero con el ocho por ciento.
Para iniciar este procedimiento todos los comerciantes y empresarios tienen treinta días naturales para inscribirse en el Padrón de Beneficiarios del Estímulo para la Región Fronteriza Norte y para hacerlo deberán acreditar que son contribuyentes por lo menos 18 meses atrás y que residen en la región a través de comprobantes de domicilio fiscal, RFC vigente, entre otros.
Juan Manuel Hernández Brito puntualizó que los contribuyentes que ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) hayan tenido prácticas dudosas, empresas que ya han comprado documentos apócrifos y se haya detectado el uso de su facturación en prácticas indebidas.
El experto en materia fiscal concluye que este decreto es como una prueba de las reformas de esta cuarta transformación, previa a lo que podría ser una reforma fiscal de mayor magnitud.