La Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) invitó a todos los patrones que estén dados de alta ante el Seguro Social, a presentar su declaración de la prima de riesgo de trabajo, ya que tienen como límite el último día de febrero, y de no presentarla, podrían ser acreedores a multas y sanciones.
“Es muy importante el hacerse de la información necesaria en el IMSS, para que la declaración sea presentada de manera correcta, porque ello incide en la determinación de las cuotas en el rubro de riesgo de trabajo para lo que es el ejercicio a partir del mes de marzo”, manifestó el presidente del organismo, C.P.C. José Antonio Melgar Díaz.
Dio a conocer que en el caso de que los patrones no presenten la prima de riesgo en el tiempo establecido, o no cumplan con esta obligación, podrán ser acreedores a multas que van desde las 20 UMAS hasta las 210 UMAS, es decir desde los $1,620 pesos hasta los $16,926 pesos.
Indicó que existen cinco clases de riesgos de trabajo, las constructoras, que tienen más riesgos en su operatividad, son de clase 5, y del otro extremo, en la clase 1, se encuentran las cuestiones administrativas, despachos de contadores o abogados, que están siempre en sus oficinas.
Mencionó que en el caso de no haber existido accidentes, o estos no se hayan dado por concluidos administrativamente dentro del ejercicio fiscal, puede disminuir la prima de riesgo de trabajo, y con ello también disminuye la contribución de seguridad social en el pago a realizar por parte de las empresas, de ahí la importancia de presentar esta obligación.
“Nosotros como Colegio de profesionistas siempre invitamos a las empresas a que lo hagan de manera correcta porque parte de lo que conlleva esto es el soporte y cómo se cubre al trabajador, y si un trabajador tiene una clase de riesgo clase 5 hay que reconocerlo como tal porque de ahí vienen las indemnizaciones para con ellos”, resaltó.
En ese sentido, precisó que se debe clasificar con la actividad correcta a cada empleado, según las actividades que realicen, para no afectar a los trabajadores con las indemnizaciones que les correspondan, así como evitar problemas con el IMSS en cuestiones de reclasificación.
Por otro lado, José Antonio Melgar Díaz indicó que siguen ofreciendo cursos de capacitación en el tema de la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 3.3, pues todavía hay una gran cantidad de profesionistas que siguen teniendo dudas con esta nueva forma de facturación.
Entre las principales dudas que han manifestado los contadores se encuentran el cuándo se considera un pago en parcialidades o cuando es un pago en una sola exhibición y los momentos de causación de los impuestos, entre otras dudas que deben analizarse a fondo para que no generen repercusiones desde el punto de vista fiscal.