La versión 3.3 del formato de factura entró en vigor de manera opcional el pasado mes de Julio del presente año, convirtiéndose en obligatoria partir del 1 de diciembre del 2017, sin embargo, la versión 3.2 podrá seguir siendo emitida por los contribuyentes hasta el día 30 de noviembre del presente año, informó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona.
El abogado fiscalista señaló que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó modificaciones importantes respecto de la nueva versión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), mismas que fueron publicadas en el anexo 20, el cual se encuentra disponible para su consulta en el portal web del SAT.
Precisó que la nueva versión 3.3 incluye una serie de reglas de validación de datos que permiten confirmar la precisión de los mismos, evitando así el acaecimiento de errores futuros; por ejemplo, la nueva versión requiere que se compruebe el RFC de los receptores, según los registros de la base de datos del propio SAT por parte del Proveedor Autorizado Certificado (PAC), y si éste no es verificado, no se procede al timbrado.
Con los datos unificados, el SAT podrá, de manera automatizada, tener un mejor control fiscal, elaborar estadísticas o realizar auditorías electrónicas, dio a conocer Jorge Alberto Pickett.
Indicó que otra regla de validación será indicar el uso que el receptor le dará al CFDI, valor que corresponde a una clave del catálogo de “Uso de comprobantes”, los tipos de régimen del contribuyente así como la fecha de emisión se registrarán de manera automática, además se pre-llenarán algunos campos cuando de declaraciones se trate, esto en base a la información existente, agilizando las tareas de cumplimiento fiscal.
Agregó que deberán detallarse el monto de descuentos e impuestos aplicables, y a cada concepto del comprobante se le deberá indicar su clave de “Unidad de medida”, de acuerdo con el catálogo para los conceptos en el CFDI, el cual contempla unidades de peso, volumen, tiempo, energía, entre otros; asimismo, deberá indicarse la clave del producto o servicio.
Por último, señaló que la actualización del anexo 20 integra un comprobante de recepción de pagos y un comprobante de nómina, de manera independiente, y otro elemento completamente nuevo en la factura electrónica, es el complemento de recepción de pagos, es decir, un comprobante que se emitirá cuando el pago de una factura se realice en parcialidades o de manera diferida.