Las anécdotas de retrasos de vuelos, cobro por la primera pieza de equipaje o daño del mismo, sin alguna compensación por parte de la aerolínea, están por terminar. Y es que el pasado 26 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Ley de Aviación Civil, la cual habla sobre los derechos y obligaciones de los pasajeros. Aquí te dejamos todo lo que tienes que saber ¡Toma nota!
¿Se retrasó tu vuelo? La aerolínea tiene las siguientes obligaciones: primero que nada, ainformarte rápidamente a través de llamadas telefónicas, mails, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico, esto con al menos 24 horas de anticipación a la salida programada. Pero, si los cambios en la hora de salida surgen dentro de un día antes al horario, deberán informarte tan pronto tengan la certeza de que esas variaciones son inevitables.
Si el retraso es por causa de la aerolínea, deberás ser indemnizado o compensado por la misma. Si la demora es superior a una hora, pero inferior a cuatro, tu compensación deberá ir acorde con las políticas de cada aerolínea. Éstas deben incluir mínimo:descuentos para vuelos en fechas posteriores hacia el destino contratado o alimentos y bebidas.
En caso de que el atraso sea mayor a dos horas pero menor a cuatro, las indemnizaciones no pueden ser menores al 7.5% del precio del boleto. Pero, si se aplaza por más de cuatro horas, deberán darte todos los anteriores beneficios y además acceso a llamadas telefónicas y envió de correos electrónicos.
Ahora que si tu vuelo fue cancelado, la aerolínea tiene la obligación de darte las siguientes opciones: reintegrarte el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje; ofrecerte un transporte sustituto en el primer vuelo disponible, llamadas, envío de correos electrónicos, alimentos de acuerdo al tiempo que esperes, y alojamiento y transporte en caso de ser necesario; o transportarte hacia el respectivo destino en la fecha posterior que te convenga.
Si eliges la primera o la última opción, la aerolínea tiene también el deber de indemnizarte con no menos del 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje. Todos estos pagos te los deberán hacer en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a tu reclamo, a excepción de los alimentos y hospedaje, que deben de ser hechos al momento.
Claro que siempre existe la posibilidad de que no quieras esperar y decidas cancelar tu viaje. Por eso, también puedes solicitar la devolución de tu boleto, siempre y cuando lo comuniques a la aerolínea en el lapso de 24 horas, contadas a partir de la hora de la compra del boleto.
En cuanto a los equipajes. Es tu derecho poder transportar como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje, cuando los vuelos sean en aviones con capacidad para mínimo 20 pasajeros; y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad. Deben de entregarte un talón de equipaje por pieza y recuerda que puedes llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano.
Además en caso de que tu equipaje de mano sea dañado, recibirás una indemnización por hasta 80 Unidades de Medida y Actualización; mientras que por la pérdida o avería del equipaje que factures deberá ser equivalente a 150 Unidades de Medida y Actualización.
Así que ya lo sabes. Toma nota y exige tus derechos como viajero.