Octavio de la Torre de Stéffano, director de la firma TLC Asociados, informó que el Quinto Tribunal Colegiado resolvió que el amparo colectivo interpuesto contra el cobro de cuota en la caseta de Playas de Tijuana, será revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con esto, dijo, se revoca la decisión de un Juez de Distrito en Tijuana, quien había determinaba que dicho amparo no procedía.

Aparte, agregó, se sienta un precedente jurídico en materia de amparo colectivo, con el cual ciudadanos y contribuyentes podrán defenderse contra decisiones que agravian sus derechos por parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo, y Judicial.

«Los magistrados determinaron que sí es materia del juicio de amparo indirecto la omisión legislativa en la que incurrió el Poder Legislativo, en el caso del cobro de la caseta de Playas de Tijuana; sin embargo esta resolución va mas allá de este asunto, pues con esto se ha logrado sentar un precedente jurídico para que los contribuyentes y los ciudadanos puedan defender sus derechos ante este tipo de decisiones por parte del Ejecutivo, la Camara de Diputados y Senadores, e incluso un Juez de Distrito», indicó de la Torre.

El abogado fiscalista explicó que con esta resolución se demuestra que los ciudadanos tienen un mecanismo para que se puedan amparar, con el fin de proteger los derechos de la colectividad ante decisiones en materia fiscal, como el aumento del IVA en Baja California, por ejemplo.

«En muchas decisiones, la agenda del Poder Ejecutivo y Legislativo va en contra del interés de los ciudadanos y de la colectividad, e incluso dicha agenda resulta ser recaudatoria agravando los ingresos de las familias mexicanas, por ello es de vital trascendencia esta resolución histórica del Tribunal Colegiado», comentó.

El director de TLC Asociados detalló que dicha resolución, en el caso de los residentes de la carretera Escénica, se dejó en claro que existe un agravio por parte del Ejecutivo Federal, la Cámara de Diputados, y Senadores, al omitir legislar para que se les exente del cobro de peaje en la caseta, debido a que es una exigencia constitucional.

Dijo que el Estado tiene entre sus funciones primordiales, legislar para crear normas con las cuales se garantice la convivencia armónica de los ciudadanos, así como proteger sus derechos, es por ello que el Tribunal Colegiado resolvió que sí procede el amparo colectivo contra el cobro de peaje, que afecta a más de 12 mil habitantes en el derecho a transitar libremente en su propia ciudad.

De Stéffano reiteró que, basados en la Ley de Amparo, es posible que los ciudadanos y los contribuyentes se organicen y empoderen sus derechos al ser afectados en decisiones por parte de los poderes públicos.

Para quienes deseen mayor información sobre este tipo de juicios, de la Torre puso a disposición el teléfono 664 6340189 y el correo electrónico [email protected]

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