Más de 700 personas, en su mayoría profesionales en contabilidad, administradores y gerentes de empresas, recibieron capacitación sobre los cambios que se han dado en materia fiscal, misma que fue promovida por el Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPB), con el objetivo de que contaran con información de primera mano sobre las modificaciones que entrarán en vigor para este año.

El presidente del organismo, C.P.C, Leonardo Méndez Cervantes, precisó que el curso Reforma Fiscal 2019, fue impartido por el doctor Adolfo Solís Farías, el Lic. Clemente J. Ranero Puig y el C.P.C. José Paul Hernández Cota, quienes también abordaron lo relacionado a la aplicación del Decreto de estímulos fiscales para la frontera norte.

“La finalidad de esta capacitación es brindar un panorama más amplio sobre los cambios con los que termina el 2018 y arranca año 2019”, resaltó

En su ponencia el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías indicó que las reglas que se publicaron son benéficas y en el caso del IVA, van a aplicar a partir del 1 de enero de 2019, por lo que quienes hayan expedido facturas con el 16%, tienen que cancelarlas y volver a re facturar, o en su defecto, generar notas de créditos a los contribuyentes que hayan tenido este cargo extra.

Dio a conocer que las autoridades del SAT están brindando un periodo de cuatro meses para que los contribuyentes puedan ponerse al corriente, y en el caso de las personas que van a acogerse a este beneficio, ya no deben de emitir facturas con el 16%.

Puntualizó que los requisitos para poder aplicar son distintos para el IVA como para el ISR, pues para el primer impuesto la única condición que establece la norma, es que se presente un aviso dentro de los 30 días y posteriormente llegaré acuse de envío, con eso es suficiente para calificar, mientras que para el segundo, se debe de presentar una solicitud.

Solís Farías, mencionó que podrán gozar de la reducción del IVA al 8%, quienes realizan actos y actividades gravadas como son enajenación de bienes, prestación de servicios otorgamiento de uso y goce temporal, que es el caso de comercios, la cadena productiva de servicios, arrendamiento, sin embargo precisó que los únicos los que quedan fuera son quienes importan vienes de Estados Unidos.

Mientras tanto detalló que quienes obtendrán el beneficio del ISR al 20% son las personas morales y físicas con actividad empresarial que no estén exceptuados del artículo sexto del Decreto, es decir aquellas que no hayan realizado operaciones simuladas, no tengan decretos de condonación, ni créditos fiscales., entre otros supuestos.

Planteó que en el caso de las empresas maquiladoras, no podrán acceder el descuento del ISR porque tienen facilidades administrativas y pagan menos impuestos que todos los contribuyentes.

Por su parte el C.P.C. José Paul Hernández Cota, y miembro de la comisión fiscal del CCPB, señaló que los estímulos fiscales que se brindaron para la frontera se quedaron cortos y no fueron para todos los sectores.

“Me quede decepcionado del Decreto, pensé que iba a extender a más contribuyentes, son demasiados requisitos, hay mucha vulnerabilidad del contribuyente para que pueda salir automáticamente y éste tenga que pagar recargos y la actualización del impuesto por el beneficio que aplicó y no debió ser aplicado”, abundó.

No obstante el profesionista en contabilidad certificado, confió en que se vayan flexibilizando algunas disposiciones, para que más contribuyentes tengan seguridad jurídica y puedan aplicar estos beneficios.

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