El Ejecutivo dio a conocer el pasado 18 de enero un decreto por el cual se otorgan estímulos fiscales en materia de Deducción Inmediata de Bienes y Nuevos Raices de Activo Fijo para las micro y pequeñas empresas, lo anterior, para dar continuidad y fomentar el mejoramiento de la competitividad de este tipo de empresas, por lo que se mantuvieron los beneficios fiscales del 2016, informó Jorge Pickett

Indicó que en su artículo primero el decreto menciona que los contribuyentes que tributen en términos de los títulos ll o lV, Capitulo ll, Sección l de la Ley del ISR y que hayan obtenido ingresos propios de su actividad en el ejercicio inmediato anterior hasta por 100 millones de pesos, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en el ejercicio en que se adquieran.

De igual forma, el abogado fiscalista puntualizó que los contribuyentes a los que se refiere el decreto y que inicien actividades, podrán aplicar la deducción según se trate, cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán del límite previsto de 100 millones, y si al final del ejercicio exceden del límite citado, deberán cubrir el impuesto correspondiente por la diferencia entre el monto deducido y el monto que se debió deducir en cada ejercicio.

Asimismo, explicó que en caso de que el contribuyente se dedique a dos o más actividades de las señaladas en el artículo primero del decreto, se aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido la mayor parte de sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se realice la inversión.

Derivado de éstos estímulos fiscales, que se dieron en el marco del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar, el administrador general de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria dio a conocer que han vuelto 976 millones de pesos de capital que se encontraban en el extranjero para invertirse en México.

Para concluir, Pickett Corona explicó que el decreto surgió para impulsar los proyectos de inversión, y que el principal beneficio que tiene es el de aplicar una tasa de 8% sobre las ganancias que se hayan tenido por dichas inversiones que permanecían en el extranjero hasta el último día del año pasado.

No hay comentarios

Agregar comentario

A fin de garantizar un intercambio de opiniones respetuoso e interesante, Tijuanotas se reserva el derecho a eliminar todos aquellos comentarios que puedan ser considerados difamatorios, vejatorios, insultantes, injuriantes o contrarios a las leyes a estas condiciones. Los comentarios no reflejan la opinión de Tijuanotas, sino la de los internautas, y son ellos los únicos responsables de las opiniones vertidas. No se admitirán comentarios con contenido racista, sexista, homófobo, discriminatorio por identidad de género o que insulten a las personas por su nacionalidad, sexo, religión, edad o cualquier tipo de discapacidad física o mental.