El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estima que devolverá siete mil nueve millones de pesos a contribuyentes que presentaron su Declaración Anual 2017 y obtuvieron un saldo a favor, informó el abogado fiscalista, Lic. Jorge Alberto Pickett Corona.

Lo anterior luego de que la autoridad tributaria diera a conocer mediante una publicación en su portal, y a través de su respectiva publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la ampliación del término para que Personas Físicas realicen su Declaración hasta el 15 de mayo.

El defensor del contribuyente dijo que las Personas Físicas obligadas son aquellas que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad, entre otras.

Quienes reciben ingresos por salarios de un solo patrón, o salarios más intereses nominales menores a 20 mil pesos anuales no están obligadas a presentar Declaración Anual, aunque si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.

El especialista en materia de impuestos agregó que a pesar de que la autoridad fiscalizadora realizó los primeros depósitos con fecha 3 de abril de 2018, hasta el día 27 de abril, según cifras oficiales había recibido tres millones 300 mil Declaraciones, de las cuales dos millones 800 mil tienen saldo a favor.

La devolución automática es una facilidad para aquellos contribuyentes que se ubican en el supuesto de Persona Física y que presentaron su Declaración Normal o Complementaria del ejercicio fiscal 2017 presentada de forma electrónica con contraseña, e.firma o la e.firma portable, cuando el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, a declaración anual puede presentarse con contraseña.

Si es entre 10 mil y 50 mil pesos, se podrá presentar Declaración Anual con contraseña, seleccionando una cuenta clave a 18 dígitos que se encuentra precargada en la página DeclaraSAT 2017.

Cabe destacar que una devolución se realiza de manera automática si es igual o menos a 50 mil pesos, si el saldo a favor manifestado excede este monto o se trata de Personas Físicas que obtuvieron ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión, se puede solicitar con firma electrónica a través del Formato Electrónico de Devoluciones, disponible en el portal del SAT.

Finalmente, el especialista en materia fiscal señaló que es posible consultar el resultado de tu Declaración Anual 2017 en el Buzón Tributario, ingresando RFC y contraseña, e firma o e.firma portable; especificó que si el saldo a favor no es autorizado, esa vía muestra el motivo y las acciones de resolución.

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