Las instituciones financieras tienen hasta el 25 de septiembre de este año para presentar los reportes de cuentas FATCA y CRS referente a los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, tras una prórroga que dio el Servicio de Administración Tributaria (SAT), según informó el Abogado Fiscalista, Lic. Jorge Alberto Pickett Corona.

Explicó que a través de un comunicado emitido por el SAT, se dio a conocer que dicha autoridad tributaria trabajó activamente desde enero, en la migración del ambiente de producción diseñado para la transición de los reportes de cuentas en materia de FATCA y CRS, así como el robustecimiento de las políticas de seguridad de la información.

No obstante, debido a la complejidad del ambiente y las reglas operativas del propio sistema, se generaron errores e intermitencias que obstaculizaron el que las instituciones financieras pudieran transmitir exitosamente durante la última quincena del mes de julio.

De acuerdo al comunicado del SAT emitido el 7 de septiembre, tales inconsistencias han sido solventadas, por lo que el ambiente productivo ya se encuentra funcionando correctamente.

Es por ello que el SAT brinda la facilidad para que las instituciones financieras presenten los reportes a que se refieren los Anexos 25 y 25-BIS de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, sin que estos se consideren extemporáneos hasta el 25 de septiembre, indicó el abogado fiscalista.

Detalló que dicha medida se hará extensiva a los trámites contenidos en las fichas 238/CFF “Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros)” y 255/CFF “Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicio conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF”.

Alberto Picket resaltó que por medio del comunicado, el SAT garantiza que cualquier irregularidad en el envío de información será atendida a la brevedad, además de que la regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en el diario Oficial de la Federación.

Para concluir, invitó a las instituciones financieras sujetas a reportar, a realizar la entrega de dicha obligación aprovechando la prórroga que ofrece el SAT, y de esa manera evitar cualquier tipo de situación que derive del incumplimiento.

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